Normativa de la Prevención de Riesgos Laborales en una Comunidad de Vecinos

Imagen de animación de vecinos en una ciudad

La Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es un aspecto fundamental en cualquier entorno donde exista actividad laboral, incluyendo las comunidades de vecinos. La legislación vigente en España, especialmente la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, establece la obligatoriedad de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, incluso en espacios como las comunidades de propietarios. 

Existen dos casos en los que la normativa de PRL se debe cumplir obligatoriamente:

  • Cuando existan trabajadores propios como porteros, jardineros o personal de limpieza.
  • Cuando existan trabajadores ajenos subcontratados.
  • Cuando la comunidad realice obras en el interior del edificio

Por eso, y para evitar posibles sanciones, es crucial conocer cuándo es obligatorio tener riesgos laborales en una comunidad de vecinos y las consecuencias de su incumplimiento.

¿Es obligatorio tener PRL en una comunidad de vecinos?

Uno de los puntos más recurrentes y que genera dudas entre los propietarios es si es obligatorio tener riesgos laborales en una comunidad de vecinos. La respuesta es sí, en determinadas circunstancias. Las comunidades de propietarios, al igual que cualquier otra entidad con trabajadores, tienen la responsabilidad de velar por la seguridad y salud de aquellos que realicen actividades en sus instalaciones.

Esta obligatoriedad surge cuando la comunidad de vecinos contrata a trabajadores, tanto propios como ajenos, para realizar tareas de mantenimiento, limpieza, o cualquier otro tipo de actividad. En esos casos, la normativa sobre riesgos laborales en comunidades de propietarios obliga a la comunidad a implementar medidas de PRL adecuadas.

Además, las comunidades de vecinos también tienen la obligación de tener la documentación relacionada con la prevención de riesgos laborales actualizada y con todos los registros pertinentes, incluyendo la documentación de la evaluación de riesgos, así como formación de los trabajadores y los registros de incidentes y procedimientos en casos de emergencia.

Casos en los que la Prevención de Riesgos Laborales es obligatoria

La prevención de riesgos laborales en comunidades de propietarios es de obligado cumplimiento en estas dos situaciones:

Trabajadores propios

Si la comunidad de vecinos cuenta con trabajadores contratados directamente, como un portero, jardinero, o personal de limpieza, entonces debe cumplir con la Ley de PRL. Esto implica evaluar los riesgos laborales presentes en el lugar de trabajo (es decir, en las áreas comunes de la comunidad), establecer medidas preventivas y correctivas, y proporcionar la formación necesaria a los trabajadores para minimizar los riesgos.

Es obligatorio que la comunidad de propietarios garantice la seguridad de estos empleados mediante la contratación de servicios de PRL o la implementación de un plan de prevención adecuado para minimizar los riesgos identificados. Además, la Ley también establece que es necesario proporcionar formación a los trabajadores que van a realizar su trabajo en la comunidad de propietarios.

Trabajadores ajenos

Incluso si la comunidad no tiene empleados propios, es común que contrate a empresas externas para tareas puntuales, como reparaciones, obras o servicios de limpieza. En estos casos, también es obligatorio tener riesgos laborales en una comunidad de vecinos. La ley establece que la comunidad debe asegurarse de que las empresas contratadas cumplan con las normativas de PRL y adopten las medidas preventivas necesarias.

De hecho, es responsabilidad de la comunidad asegurarse de que cualquier trabajador externo que acceda a las instalaciones de la comunidad esté protegido frente a los riesgos laborales. Esto incluye la coordinación de actividades empresariales también en comunidades de propietarios con las empresas contratistas para garantizar que cumplen con la normativa de riesgos laborales en comunidades de propietarios.

Cuando la comunidad realiza alguna obra en el interior del edificio

Cuando una comunidad de propietarios lleva a cabo obras dentro del edificio, como reformas en zonas comunes, rehabilitación de fachadas interiores, renovación de instalaciones eléctricas, reparación de bajantes, entre muchos otros trabajos, adquiere un rol relevante desde el punto de vista legal y preventivo. En estos casos, la comunidad actúa como promotor de la obra, lo que implica que asume una serie de responsabilidades específicas, especialmente en materia de Prevención de Riesgos Laborales (PRL).

Este supuesto está regulado por el Real Decreto 1627/1997, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Dicho Real Decreto contempla expresamente que, cuando una persona física o jurídica (en este caso, la comunidad de propietarios) promueve una obra de construcción, le corresponde garantizar que se cumplan todos los requisitos legales y preventivos exigidos por la normativa.

¿Por qué se debe cumplir con la Ley de PRL en comunidades de vecinos?

Cumplir con la normativa sobre riesgos laborales en comunidades de propietarios es vital por varias razones. En primer lugar, garantiza la seguridad de los trabajadores, lo que reduce significativamente el riesgo de accidentes y enfermedades laborales. Además, el cumplimiento de la Ley de PRL protege legalmente a la comunidad frente a posibles sanciones o demandas por parte de los trabajadores.

La adopción de medidas de prevención evita interrupciones en las actividades de la comunidad y asegura un entorno más seguro tanto para los empleados como para los vecinos. El cumplimiento con la PRL también mejora la imagen de la comunidad, mostrando un compromiso con el bienestar de las personas que trabajan en ella.

Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la prevención de riesgos laborales en comunidades de propietarios puede acarrear sanciones económicas considerables. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, y las multas pueden variar desde unos pocos cientos de euros hasta cifras superiores a los 800.000 euros en los casos más severos. Además, las sanciones pueden incluir la paralización de las actividades laborales en la comunidad, lo que afectaría tanto a los servicios esenciales como a las obras de mejora o mantenimiento.

La responsabilidad de garantizar el cumplimiento de la Ley de PRL recae sobre la comunidad de propietarios y, en muchos casos, sobre los administradores de fincas. Por ello, es esencial contar con herramientas que faciliten la gestión de la PRL, como un software PRL, que permita llevar un control exhaustivo de las medidas de prevención implementadas y asegurar que todos los requisitos legales se cumplan.

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales

La gestión adecuada de la prevención de riesgos laborales en comunidades de propietarios es fundamental para evitar sanciones y garantizar la seguridad de los trabajadores. El software de prevención de riesgos laborales de Nalanda ofrece soluciones integrales para comunidades de vecinos y otras organizaciones, facilitando la identificación de riesgos, la implementación de medidas preventivas, y el seguimiento del cumplimiento normativo. Además, a través de nuestra plataforma CAE se puede gestionar todo el proceso de subcontratación de personal para comunidades de vecinos, garantizando la gestión de todos los aspectos de seguridad laboral relativos a tu comunidad de vecinos. 

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